aqui voy a ir recopilando cosas que encuentro por ahi y q me parece que os puedan interesar
y mas cosas que se ma vayan ocurriendo
espero que os guste

martes, 6 de marzo de 2012

Alessaandra Ambrosio en El Hormiguero

Corte Constitucional inventa nueva causal para aborto en Colombia

BOGOTÁ, 06 Mar. 12 / 09:36 am (ACI).- En una nueva sentencia, la Corte Constitucional de Colombia decidió que la opinión de una gestante sobre su estado de salud puede justificar un aborto, amplió su práctica a los nueve meses de gestación y niega a los médicos el derecho a la objeción de conciencia ante este procedimiento. Según informa la prensa colombiana, el 28 de febrero la Corte rechazó el pedido de nulidad que el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, presentó contra una sentencia que la misma Corte dio a finales de 2011 para justificar un aborto fuera de las tres causales aprobadas por este organismo en el año 2006, cuando despenalizó el aborto en casos de violación, malformación del bebé o peligro para la vida de la madre. La Corte Constitucional validó el pedido de aborto que en mayo de 2011 hizo la madre de una menor de 12 años de edad, embarazada de su novio de 16 años, a las 14 semanas de gestación. La madre solicitó el aborto para su hija en un centro de salud alegando que la menor atravesaba un cuadro de ansiedad. Los médicos se negaron a practicarle el aborto amparándose en que el embarazo no suponía riesgo para la vida de la gestante y ahora, tras la sentencia de la Corte, deberán indemnizar a la familia. Alcances de la sentencia La nueva sentencia da al aborto la categoría de "derecho fundamental", obliga a cualquier empresa prestadora de salud católica o no, a realizar los abortos sin posibilidad de ampararse en el derecho a la objeción de conciencia en un plazo máximo de cinco días; prohíbe a los centros de salud exigir copia de una denuncia penal a la mujer que alegue que el embarazo es fruto de un delito. Obliga también a los centros a aceptar certificados de riesgo para la salud o la vida de la mujer de cualquier médico u hospital fuera de su red; elimina el límite de tiempo para el aborto; prohíbe a los centros dar información sobre un proceso o solicitud de aborto a nadie, ni siquiera a la Fiscalía o al Ministerio Público; y obliga el pago de una indemnización a las mujeres a las que se les niegue la práctica de un aborto. La Sala Plena de la Corte Constitucional aprobó la sentencia con cinco votos de los ocho jueces presentes (el noveno estuvo ausente) y prohibió "que en el futuro se investiguen posibles irregularidades en los expedientes de aborto", negándole esta facultad a la Procuraduría General de la Nación. Los tres jueces que se opusieron a la sentencia son Nilson Pinilla Pinilla, Jorge Ignacio Pretel Chaljub y Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Estos magistrados consideran que los jueces que apoyaron la sentencia cometen un error jurídico con un fallo que viola la Constitución colombiana y que en la práctica, despenaliza totalmente el aborto, dejando en completo desamparo a los no nacidos. Mendoza Martelo recordó que en el caso de la menor "ningún médico u algún otro profesional de la salud avaló, aseveró, sugirió, ni mucho menos certificó que, de algún modo, la vida o la salud de la gestante, por su condición de tal, corría peligro si continuaba su embarazo", por lo que la sentencia de la Corte desconoce el ordenamiento legal y constitucional que rige el país y que considera el aborto como delito fuera de las tres causales. Por su parte, Pretel Chaljub consideró que la sentencia de la Corte "se traduce en un grave antecedente que abre las puertas para convertir a Colombia en un país abortista que da poco valor al derecho a la vida y que desconoce la autonomía de la profesión médica", mientras "crea una nueva causal para proceder a interrumpir el embarazo, esto es, opinión de la madre sobre su estado de salud". El magistrado Pinilla coincidió en que esta sentencia establece una cuarta hipótesis no prevista en las excepciones para el aborto legal, "y elevó a la categoría de derecho fundamental la práctica del mismo, desconociendo totalmente los derechos del ser humano no nacido". En declaraciones a la prensa, el Secretario General de la Conferencia Episcopal Colombiana, Mons. Juan Vicente Córdoba, señaló que "no todo lo legal es moral, entonces porque se saque una ley tiene que ser moral, no. En este caso la Iglesia no está de acuerdo con el aborto en ninguno momento y la vida hay que respetarla desde la concepción hasta la muerte natural". El Prelado defendió el derecho a la objeción de conciencia de los médicos y dijo que nadie tiene derecho a obligar a un profesional a realizar un aborto.

lunes, 5 de marzo de 2012

«La ley se ha convertido en un obstáculo para educar a los hijos»

Habla la madre que fue denunciada por su hija por haberla castigado a no salir de casa La madre de la chica de 16 años que denunció ante la Guardia Civil que no la dejaban salir de casa lamenta que la propia ley se haya «convertido en un obstáculo para la educación de los hijos». La crítica llega después de que tanto su excompañero sentimental, padre de la adolescente, como ella misma hayan sido imputados a causa de la denuncia por un presunto delito de detención ilegal. Para esta mujer, que reside en Baeza (Jaén), el hecho de que la Justicia se inmiscuya en una mera represión doméstica enmarcada en la relación entre padres e hijos constituye una iniciativa insólita, a la vez que fuera de lugar, por cuanto, según expone en «Diario Jaén», tanto ella como el progenitor de la adolescente solo pretenden educar a su hija. La madre de la adolescente resta importancia a los hechos por los que ha sido imputada. A su juicio, la actuación derivada de la aplicación de la ley resulta desproporcionada. La chica, según expone, «hace cosas que no debiera», por lo que pide que se comprenda la actitud de los padres, que simplemente le prohibieron salir de casa el pasado 28 de febrero, día en que por este motivo la chica interpuso la denuncia ante la Guardia Civil. El padre fue detenido La denuncia motivó el arresto del padre de la adolescente, así como la imputación de los dos progenitores y el ingreso inmediato de la niña en un centro de acogida de la Junta de Andalucía. La madre no comprende que la Justicia propicie que varios de los chicos presuntamente relacionados con el asesinato de Marta del Castillo estén en la calle mientras que a ella y a su excompañero la propia normativa que permite esta situación les impida corregir levemente a su hija. Esta mujer recuerda también a la madre de un niño del vecino municipio jiennense de Pozo Alcón, que en 2008 fue condenada a un año de cárcel por propinar una bofetada a su hijo adolescente. La presión social propició el posterior indulto. «Excesivo e ilógico» Al igual que entonces, el caso de Baeza también ha generado una fuerte polémica social, en la que terció ayer incluso el defensor del pueblo andaluz, José Chamizo, quien consideró «excesivo e ilógico» el arresto del padre. «Media España estaría entonces condenada por hechos así». Chamizo puntualizó, no obstante, que su declaración se deriva de la primera impresión. Para llegar a una conclusión es preciso, dijo, conocer la versión de la Guardia Civil, que no coincide con la mediática, si bien el propio juzgado número dos de Úbeda, encargado de investigar el caso tras la recepción de las diligencias, dejó al padre en libertad sin cargos tras tomarle declaración, lo que preludia el previsible archivo de la causa. Al varón se le ha imputado, en la fase inicial del proceso, un presunto delito de detención ilegal, aunque a partir de ahora hay que constatar, mediante la investigación del juzgado, que los hechos se corresponden con los denunciados por la Guardia Civil. via:abc.es

domingo, 4 de marzo de 2012

Desde ahora los niños tendrán más voz y más derechos

España firma este martes en Ginebra el nuevo protocolo de la Convención de Derechos del Niño Los niños podrán defender sus derechos diréctamente ante una instancia internacional España será uno de los primeros países que firme el nuevo protocolo de la Convención de Derechos del Niño. Lo hará este martes en Ginbra el ministro de Asuntos Exteriores José Manuel García-Margallo. Este protocolo facultativo fue adoptado por la Asamblea General de la ONU el pasado 19 de diciembre de 2011 y para las asociaciones infantiles como Unicef o Save the Children supone un avance histórico en los derechos de la infancia. Hasta ahora existían dos protocolos facultativos, pero se centraban en aspectos concretos como los niños soldados y la edad de reclutamiento y la prostitución infantil. El nuevo documento en cambio se refiere a cualquier situación que afecte a cualquier niño del mundo y entre su reglamento se incluye la posibilidad de que los niños y niñas puedan, acompañados por un adulto o una asociación, presentar quejas mediante un proceso adaptado a ellos y defender sus derechos ellos mismos ante una instancia internacional. De este modo se promueven derechos básicos como la participación infantil y el interés superior del niño. A partir de ahora cualquier niño del mundo puede acudir ante el Comité para ser escuchado en situaciones tan cotidianas como la decisión de custodia en los procesos de divorcio. España fue uno de los 40 estados que impulsaron la redacción de este tercer protocolo.

En libertad con cargos el padre al que su hija había denunciado por no dejarla salir

Un padre al que su hija de 16 años ha denunciado ante la Guardia Civil en Úbeda (Jaén) por haberla castigado sin salir de casa se encuentra en libertad con cargos después de ser detenido y de pasar a disposición judicial. El hombre fue detenido el pasado martes, después de que unos vecinos dieran aviso a la Guardia Civil de que la menor se había escapado de casa de su padre y les había dicho que estaba secuestrada y que no le dejaba salir, según han informado fuentes cercanas al caso. Agentes de la Guardia Civil acudieron al lugar y localizaron al padre, al que detuvieron para que prestase declaración y al que después pusieron a disposición judicial, tras lo que quedó en libertad con cargos. Al día siguiente fue requerida la madre para que prestase declaración y también fue puesta en libertad por el juez. Los hechos ocurrieron durante el puente del 28 de Febrero, Día de Andalucía, según ha adelantado 'Diario Jaén', cuando, al parecer, el padre decidió castigar a su hija sin salir de casa, algo que su mujer, con la que no vive porque están separados, respaldó. El juzgado de instrucción número 2 de Úbeda investiga los hechos para aclarar lo sucedido por si pudiera tratarse de un delito de detención ilegal. Por su parte, la consejera andaluza para la Igualdad y el Bienestar Social, Micaela Navarro, ha declarado a los periodistas que en este caso "se ha seguido el protocolo habitual ante una posible desprotección de menores". Ha señalado que también ha intervenido la Fiscalía de Menores y que la menor está acogida en un Centro de Protección de Menores de la Junta, a la espera de que se aclare lo sucedido. via: elmundo.es

viernes, 2 de marzo de 2012

ABOGADA ESPAÑOLA PRESENTARÁ CONFERENCIA EN LA PUCPR.

La profesora de la Universidad San Pablo Ceu de Madrid comenzará a ofrecer un curso interdisciplinario en la PUCPR. La Dra. Vanessa Gil Rodríguez es profesora de Derecho Civil en la Universidad San Pablo CEU en Madrid “La Juricidad de la Vida: Presente y Futuro”, ese será el tema que enmarcará la Magna Conferencia que presentará la abogada española, Dra. Vanessa Gil Rodríguez de Clara en la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR). La profesora de la Universidad San Pablo Ceu en Madrid se enfocará en la educación, a la luz de los conflictos vigentes de la sociedad y la legislación laboral. El evento será el jueves, 8 de marzo de 2012, a las 10:30 AM en el Anfiteatro Mons. Vicente Murga de la PUCPR. También, la profesora sostendrá un Conversatorio abierto con alumnos y profesores de la PUCPR sobre Bioética y Derecho de Salud. El encuentro será junto al profesor L. Lugo, J.D., LLM. y M.D. Tanto el Conversatorio como la Magna Conferencia estarán abiertos al público. Precisamente, el martes 6 de marzo de 2012, la profesora iniciará el curso académico “Sociedad, Familia y Educación” en el recinto de Ponce de la PUCPR. Se trata de un curso opcional de tres créditos dirigido a profesores y a estudiantes de Juris Doctor, de maestría y de doctorado. Será un programa novedoso porque se concretará de modo interdisciplinario. “Reunirá a estudiantes de Derecho y Educación y se ofrecerá una especie de ” Team Theaching”. Y es que el curso comenzará con la profesora de España, Dra. Vanessa Gil Rodríguez de Clara la primera semana y, posteriormente, profesores residentes de Derecho y Educación cubrirán las horas restantes. El curso constará de 45 horas. De hecho, se exigirá al grupo, como trabajo final, preparar un diálogo interdisciplinario para la comunidad universitaria”, explicó la directora ejecutiva de la Oficina de Relaciones Internacionales de la PUCPR, Dra. Enid Miranda. La Dra. Vanessa Gil Rodríguez de Clara es profesora de Derecho Civil en la Universidad San Pablo CEU en Madrid. Se ha especializado en Doctrina Social de la Iglesia. Además, ha realizado investigaciones sobre Ideología de género a la luz de la antropología diferencial. Esto sobre las implicaciones psicopedagógicas y jurídicas de la doble vinculación de los menores en situación de ruptura familiar y sobre la familia como institución fundamental en la sociedad a través de la función reproductiva, entre otras. Llegará a Puerto Rico invitada por la Escuela de Derecho y la Escuela Graduada del Colegio de Educación de la PUCPR.+

LOS LICENCIADOS EN DERECHO QUEDARÁN EXENTOS DE REALIZAR LA PARTE TEÓRICA DEL POSTGRADO

Además, el Real Decreto Ley incluye una modificación de la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procuradores, de forma que los Licenciados en Derecho no queden discriminados y puedan quedar exentos o convalidar sus créditos al cursar el postgrado al que les obliga la Ley original aprobada en 2006. De este modo, se establecen cuatro excepciones al master para obtener el título son las siguientes: En primer lugar, todos aquellos que se matricularon antes de que se aprobara la Ley en octubre de 2006 no tendrán que realizar el postgrado si en un plazo de dos años una vez finalizada la carrera proceden a colegiarse. En segundo lugar, quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho después de 2006 quedarán exentos de la parte teórica del postgrado. Sólo será necesario que cumplan con la parte práctica. El tercer apartado es para aquellos estudiantes que solicitaron la homologación de un título extranjero antes de que entrara en vigor la Ley. Quedarán también exentos siempre y cuando se colegien en un plazo máximo de dos años desde que obtengan la homologación. Por último, tampoco se exigirá el título profesional a los estudiantes que obtuvieron su licenciatura antes de la Ley de 2006, pero tendrán que colegiarse también en un plazo de dos años.
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